# Reglamento Horas Extras

**Lado Cooperativa:**

Tomando como jornada laboral 160 horas mensuales (es un promedio de 8 hs diarias, esto no es estricto, algunos hacen 9 o 10, pero entiéndase como una jornada laboral regular). Si alguno de los socios tiene más de un proyecto asignado y puede hacer todo dentro de las 8 hs diarias, eso es beneficio para la cooperativa sin afectar al socio con la relación cantidad de horas trabajadas y retorno obtenido.
Si el compañero tiene más de un proyecto asignado y entre todos superan el promedio de 160 horas mensuales, tendrá pre aprobado mensualmente un paquete de 20 hs extras al valor hora común que cobra por cooperativa. Sin embargo, se deberá tener en cuenta que la suma de las mismas con la respectiva retribución bruta mensual no supere el promedio de facturación de los 6 meses anteriores (nueva modalidad de retribuciones de acuerdo al promedio de facturación).
En caso de necesitar más horas extras de las pre aprobadas, deberá solicitar aprobación al consejo de administración previamente a ser ejecutadas. En caso de no ser solicitada la aprobación, no se abonan horas extras y no habrá derecho a reclamo alguno.
El valor hora de las horas extras es el común, es decir, no se pagaría doble en estos casos.

**Lado Cliente**

Cuando se trabaja en la modalidad Full Time para un cliente en particular, generalmente, es el cliente el que pide que se hagan horas extras y estas horas entran en un proceso de aprobación interno del cliente. Por ello, lo que debemos hacer desde la cooperativa es intentar por todos los medios cobrar la hora extra el doble de la hora común presupuestada al cliente.
En estos casos el compañero cobrará las horas extras trabajadas y facturadas al cliente al doble de la hora común que cobra en la cooperativa.
